Explicamos en qué medida afecta a los subsidios por desempleo la reciente subida de 15 euros al mes en el Salario Mínimo Interprofesional
Efectos en el paro de la subida del SMI a 965 euros al mes desde septiembre de 2021
El Gobierno ha anunciado el 16 de septiembre de 2021 un acuerdo con los sindicatos CCOO y UGT por el que se incrementará en 15 euros al mes el Salario Mínimo Interprofesional a partir del 1 de septiembre de 2021, con lo que pasará de 950 euros al mes en 14 pagas, a 965 euros al mes en 14 pagas.
Esta subida del Salario Mínimo Interprofesional no afectará a lo que se cobra en los subsidios, que se mantendrán constantes en los 451,92 euros al mes, ya que el importe de los subsidios por desempleo no está afectado por la subida del Salario Mínimo.
Sin embargo, esta subida si tendrá otro efecto sobre el tope de rentas .
Lo que se cobra en los subsidios no depende del Salario Mínimo Interprofesional, sino del IPREM
Aunque se haya producido una subida del SMI ¿habrá un aumento paralelo de lo que se cobra en los subsidios por desempleo?
No. Lo que se cobra en las ayudas y subsidios por desempleo no depende directamente del Salario Mínimo Interprofesional, sino de otro indicador llamado IPREM, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. Es un índice que fija el gobierno todos los años para calcular la revalorización de las prestaciones sociales, ayudas a la vivienda, becas y también los subsidios por desempleo.
La cantidad que se cobra en las ayudas por desempleo, por ley, es un 80 % del IPREM, y por lo tanto no depende del Salario Mínimo Interprofesional.
El IPREM actual, ya subió en 2021 un 5%, de modo que como lo que se cobra en los subsidios es el 80% del IPREM, las ayudas económicas de los subsidios por desempleo se mantendrán iguales a pesar de la subida del Salario Mínimo: se seguirán cobrando los 451,92 euros mensuales.
Sin embargo, el límite de rentas para acceder a los subsidios si depende del Salario Mínimo
Los subsidios por desempleo (mayores de 52 años, ayuda familiar, insuficiencia de cotización, etc) y las ayudas extraordinarias (Subsidio SED, RAI, etc) son de carácter asistencial. Esto significa que únicamente pueden acceder a quienes además de cumplir los requisitos específicos, se encuentren en situación de carencia de rentas.
El tope de ingresos máximos que se permiten en las ayudas por desempleo está regulado por ley (art. 275 de la Ley General de la Seguridad Social) y se fija en el 75% del Salario Mínimo Interprofesional excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias (para este cálculo se toman 12 mensualidades del Salario Mínimo y no las 14 de todo el año).
De este modo, conociendo todos los años el Salario Mínimo Interprofesional vigente, se puede calcular de forma automática el tope de rentas de los subsidios:
A comienzos de 2021 el Salario Mínimo estaba fijado en 950 euros y el cálculo del tope de rentas (75%) daba una cifra de 712,50 euros mensuales.
Con la subida del Salario Mínimo a los 965 euros al mes, el tope de rentas pasará a ser de 723,75 euros (el 75% del nuevo salario de 965 euros mensuales).
Para que este nuevo límite sea efectivo, habrá que esperar a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la subida del SMI.
Los subsidios por desempleo pierden poder adquisitivo año tras año
El hecho de que lo que se cobra por un subsidio por desempleo dependa de un índice como el IPREM y no como el SMI (Salario Mínimo Interprofesional), provoca que año tras año el importe de las ayudas por desempleo pierda valor real, ya que las subidas del IPREM siempre son menores que las del SMI.
No en vano, en sus orígenes el IPREM se creó para desligar de las subidas salariales el importe de las prestaciones y ayudas sociales, de tal forma que se pudiera subir el Salario Mínimo sin que hubiera una subida automática de los subsidios.